En el Presupuesto General de la provincia se incluyó la modificación de seis artículos, con respecto al original que enviara el gobernador Maurice Closs, y la incorporación de otros tres. Las modificaciones se realizaron en función de los pedidos efectuados por los funcionarios del Poder Ejecutivo durante a lo largo del tratamiento del proyecto, según indicó el titular de la comisión, Roque Gentile.
En el presupuesto 2010 se seguirán manteniendo, entre otras cosas, la emergencia económica, la previsional y la delegación de facultades al Ejecutivo, así como la posibilidad de redistribuir los fondos presupuestarios. En tanto, también se le autorizó a destinar 15 millones de pesos para la atención en el nuevo hospital Madariaga, a implementarse oportunamente, y a destinar seis millones de pesos para subsidios a ONG con fines sociales.
Luego de un debate que calificó como “histórico”, el presidente de la Legislatura, Carlos Rovira, desde su rol de legislador, destacó “el ambiente político inédito que reina en el recinto, el cual marca una línea irreductible de evolución política”.
Rovira también consideró que el presupuesto es “producto de una calidad presupuestaria” y destacó el interés de impulsarlo como una herramienta de gestión estratégica.
En cuanto al ambiente proactivo que se generó en el cuerpo legislativo, el presidente señaló que han alcanzado “un nivel que ha superado el del año anterior, no sólo de tratamiento de temas nuevos, sino también de las posibilidades”, y reiteró su “enorme alegría y complacencia institucional por el nivel de la discusión política”.
Por su parte, el Presupuesto destinado a la Cámara de Representantes Provincial se mantuvo en 92.230.000 pesos. A tal efecto, se han proyectado en cada partida presupuestaria los incrementos necesarios para el normal funcionamiento de la Legislatura.
En la sesión se destacó la presencia de la vicegobernadora Sandra Giménez; el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Roberto Uset; el presidente del Tribunal de Cuentas, Pedro Fores; el Fiscal de Estado, Fidel Duarte, así como también la mayoría de los ministros del gobierno provincial, funcionarios y legisladores nacionales.
La iniciativa fue presentada por el presidente de la Legislatura
Sancionaron ley que declara inembargables los bienes de las organizaciones religiosas
En la sesión legislativa del jueves 22 se aprobó el proyecto de ley presentado por el diputado Carlos Rovira, mediante el cual se declaran inembargables e inejecutables los bienes inmuebles donde funcionen templos o filiales de cultos destinados a la celebración religiosa que estén debidamente reconocidos por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos. Para acceder al beneficio se exige que la titularidad del dominio recaiga en una asociación sin fines de lucro con actividad religiosa como principal, inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas.
En la norma se establece además que la parte interesada, para acceder al beneficio de inembargabilidad, deberá requerir la inscripción de la cláusula correspondiente ante la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble. También se prevé que la inembargabilidad de los bienes sólo podrá hacerse valer por deudas posteriores a la fecha de la sanción de la ley.
En los fundamentos, el presidente de la Legislatura explicó que su iniciativa busca garantizar el libre ejercicio de culto a toda la feligresía de determinada comunidad o iglesia, “considerando fundamentalmente la protección al principio constitucional de libertad de culto y pluralismo religioso como sustento de una sociedad democrática”.
Legislatura
Fomentarán la instalación de establecimientos procesadores de materias primas misioneras
En la sesión ordinaria del jueves 22, la Legislatura sancionó el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo provincial, mediante el cual se establece un Régimen de Promoción, Fomento, Radicación y Habilitación de Actividades de Producción Local. La propuesta pretende beneficiar a establecimientos procesadores de materias primas de origen misioneros, generadores de nuevas tecnologías de producción de bienes o prestaciones de servicios, siempre que incorporen valor agregado e incremente la ocupación de mano de obra misionera.
La iniciativa instituye un plan regulador provincial que tiende a la distribución y el ordenamiento racional de los establecimientos procesadores de materia prima, respecto de su radicación y habilitación. Asimismo, pretende asegurar la eficiente utilización de los recursos producidos en Misiones y de la infraestructura existente o a construirse. También promueve la implementación de procesos de producción con tecnologías eficientes, fomenta la constante mejora de la calidad de los productos elaborados y estimula la inyección de capital privado mediante las nuevas inversiones.
Los establecimientos procesadores de materia prima que se hayan radicado o se instalen y realicen sus procesos integralmente en el territorio provincial, entre otros beneficios, podrán diferir los pagos del impuesto sobre los ingresos brutos, del tributo correspondiente a los inmuebles y construcciones para la explotación; y del impuesto provincial al automotor. Asimismo, estarán exentos del pago de impuesto de sellos para la aprobación de estatutos y celebración de contratos sociales, de fideicomiso y demás instrumentos constitutivos.
Por otra parte, la norma establece que el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional podrá financiar la construcción de viviendas administradas por los establecimientos en inmuebles de su propiedad destinados a plantas de operarios. Asimismo, podrá financiar hasta el 70 por ciento del monto o costo total de las obras.
La ley se refiere a la producción, semielaboración, elaboración o industrialización, destilación, manufactura, fraccionamiento, envasado y posterior comercialización de cualquier bien o productos de los reinos vegetal, animal o mineral.
Las autoridades de aplicación serán el Ministerio del Agro y la Producción; el Ministerio de Ecología, Recursos Naturales y Turismo; y la Secretaría de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración. En tanto, la Dirección General Rentas de la provincia se encargará de las cuestiones de índole tributaria.
Legislatura
Modificaron artículos del Código de Procedimiento Civil y Comercial
En la sesión también se aprobó el proyecto de ley del diputado Carlos Rovira, mediante el cual se modifican el tercer y cuarto párrafo de artículo 286, el cuarto párrafo del artículo 289 y el artículo 295 de la ley 2335, Código de Procedimiento Civil y Comercial de la provincia de Misiones.
Con el cambio introducido en el artículo 286 se eleva el monto del depósito necesario para la interposición de recursos extraordinarios, estableciéndose en una cantidad equivalente a un salario mínimo vital y móvil. El autor de la norma entiende que el incremento se justifica con “los valores actuales y de costo de vida que inciden en la financiación crecientemente compleja y más onerosa del servicio de justicia”. Asimismo, considera que “la elevación del monto del depósito queda plenamente justificada frente a quien se cree con derechos a interponer un recurso extraordinario y no que los mismos sean utilizados como una simple posibilidad de obtener una nueva revisión de aquellos fallos que se contrapongan con los intereses deseados por las partes.
Por otra parte, la modificación del artículo 289, establece que si el depósito fuere inferior a la mitad de un salario mínimo se tendrá por no presentado el recurso, mientras que si el depósito fuere insuficiente pero superior a la mitad de un salario mínimo se intimará al recurrente a integrarlo en el término de 5 días. En los fundamentos, se explica que “la experiencia ha demostrado que quienes depositan en forma insuficiente lo hacen con el fin de dilatar la resolución del caso, y por ello un depósito inferior a la mitad del salario mínimo no puede ser producto de una desinformación sino de una acción dilatoria que debe merecer la sanción de tener por no presentado el recurso”.
En tanto, la modificación del artículo 295 establece que el recurso de inaplicabilidad de la ley o doctrina legal procederá siempre que el valor del litigio exceda los 10 diez salarios mínimos vitales y móviles. El cambio tiene como objetivo “desalentar la interposición indiscriminada de recursos extraordinarios que por su actual proliferación afectan el desenvolvimiento del Superior Tribunal de Justicia y en consecuencia la calidad de sus decisiones, ya que generan un cúmulo de tareas innecesario que conlleva a un desgaste jurisdiccional que no puede tolerarse, toda vez que en la mayoría de los casos se trata de interposiciones dilatorias, que no hacen mas que desvirtuar la instancia extraordinaria”, manifestó Rovira en los fundamentos de su iniciativa.
Legislatura
Misiones se adhirió a la Leyes Nacionales de Tránsito
En la penúltima sesión ordinaria también tuvo sanción el proyecto de ley del Ejecutivo Provincial que promovió la adhesión a las leyes 24.449 y 26.363, así como la incorporación de un inciso al articulo 13° de la Ley N° 2557, Ley de Ministerios.
La norma fue sancionada en consonancia con las políticas de gobierno que se vienen implementando en todo Misiones, en lo relacionado a la regulación del tránsito, a través de las tareas e inversiones, teniendo como objetivo fundamental reducir la siniestralidad en accidentes de tránsito, y así respectar en definitiva los lineamientos políticos de los Derechos Humanos que en parte se traducen en el derecho a la vida, a la integridad física y a circular seguros y libres por todo el territorio provincial, según lo expresado en los considerandos de la iniciativa.
La misma busca unificar las normativas en la materia, pero preservando las instituciones provinciales, para garantizar la autonomía provincial y las autonomías municipales establecidas tanto en la Constitución Nacional como en la Constitución Provincial.
Asimismo se consideró precedente unificar en un solo ámbito todo lo que se refiere a la aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial y a la coordinación con otros organismos nacionales y de otras provincias, incorporando un nuevo inciso al articulo 13° de la Ley N° 2557, referido a las incumbencias del Ministerio de Gobierno, bajo cuya responsabilidad estará a partir de la vigencia de la ley, lo relacionado a la materia en cuestión.
A tal fin se contempla la instauración de un Consejo de Seguridad Vial, de un Comité Ejecutivo, una Comisión Asesora, la constitución de un Plenario, la creación de un Fondo Especial de Seguridad Vial y un Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito.